Un juzgado libera a un matrimonio de todas sus deudas por la Ley de Segunda Oportunidad
14 de Febrero de 2018
La titular del juzgado de Primera Instancia de Girona ha aplicado a un matrimonio rumano establecido en la ciudad catalana la Ley de Segunda Oportunidad de 2015 que permite liberar a particulares y autónomos de sus deudas y ha dictado la exoneración de la totalidad del pasivo insatisfecho.
El auto señala que los deudores cumplen los requisitos que exige la ley para poder acogerse al Beneficio de Exoneración total del Pasivo Insatisfecho (BEPI) por su baja capacidad económica. El matrimonio solicitó así acogerse al «beneficio de exoneración de pasivos insatisfechos» y el administrador concursal no se opuso, por lo que el juez ha acordado la concesión del beneficio de exoneración en un auto con fecha 8 de febrero de 2018 contra el que no cabe recurso y siendo el primer caso de este tipo que se resuelve en Girona. Los responsables de Área Jurídica Global, primer despacho en casos de Ley de la Segunda Oportunidad en España, explican que el matrimonio rumano, Costel Remus y Ionela María Moldovan, llegó a España en 2012 y ambos encontraron trabajo. «Al poco tiempo -narran- ella se quedó sin empleo y empezaron a solicitar pequeños créditos para ir sobreviviendo hasta que llegó un punto en el que no podían devolverlos». El importe global de las deudas que llegaron a aglutinar entre ambos superaba los 240.000 euros llegando a deber a más de 15 bancos y entidades financieras.
Así pasó el tiempo hasta que se encontraron con las nóminas embargadas y «cada vez que consultaban el saldo que tenían pendiente con sus acreedores veían que aumentaba exponencialmente».
Sin propiedades, familia ni ayuda a la que acogerse y con todas las vías de acceso a crédito cerradas, estaban a punto de volver a su país, pero entonces decidieron iniciar un expediente de liberación de deudas, «que ha culminado con la anulación de las mismas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad».
Esta ley, que entró en vigor en julio de 2015, permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente han actuado de buena fe, e intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores con la mediación de un juez y solicitar ante el tribunal la exoneración de la deuda parcial o total.
«Todavía se trata de una vía poco conocida», señala un portavoz , asociado a Área Jurídica Global. «No sólo por los ciudadanos sino incluso por abogados y jueces». De todos modos, cada vez son más personas las que conocen y se acogen a este procedimiento, que «abre una perspectiva de esperanza» para que aquellas personas que se han arruinado consigan empezar de cero sin tener que arrastrar una situación de insolvencia durante toda su vida.

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